Documentos que se deben anexar en los diferentes trámites relacionados con la disposición de órganos, tejidos y sus componentes, células y Cadáveres Humanos
Modalidad A: Para la disposición de Órganos, Tejidos y sus Componentes y Células.
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Internación al Territorio Nacional, de Órganos, Tejidos y sus Componentes y Células.
- Original de la certificación de un médico con título legalmente expedido, de las circunstancias previas al fallecimiento de la persona de cuyo cadáver se hubiera extraído los órganos, tejidos y sus componentes y células que se pretenden internar.
- Original de la documentación constitutiva de la institución que realice la internación
- Del establecimiento en el extranjero
- Documento que acredite el funcionamiento legal del establecimiento que otorga los órganos, tejidos y sus componentes y células.
- Autorización del gobierno para la salida de órganos, tejidos y sus componentes y células del país.
- Constancia de que el establecimiento otorga los órganos tejidos y sus componentes y células a título gratuito.
- Certificación de que los órganos, tejidos y sus componentes y células, están exentos de cualquier patología.
- Documentación sobre la vía de entrada al territorio nacional.
- Salida del territorio nacional de organos, tejidos y sus componentes y celulas.
- Original de la certificación de un médico con título legalmente expedido, de las circunstancias previas al fallecimiento de la persona de cuyo cadáver se hubieran extraído los órganos, tejidos y sus componentes y sus células.
- Original de la documentación constitutiva de la institución que realice la salida del país.
- Del establecimiento en el pais.
- Documento que acredite el funcionamiento legal del establecimiento que otorga los órganos, tejidos y sus componentes y células.
- Constancia de que el establecimiento otorga los órganos, tejidos y sus componentes y células a título gratuito.
- Certificación de que los órganos, tejidos y sus componentes y células están exentos de cualquier patología.
- Documentación sobre la vía de salida del territorio nacional.
Modalidad B:Para el traslado de Cadáveres.
- Certificado y acta de defunción.
- Comprobante de la tesis de embalsamamiento, en caso de que la distancia por recorrer sea mayor a 300 kms. O transcurran más de 48 horas a partir del momento de la defunción.
- Carta poder del particular a la funeraria, asentando en esta la vía de traslado aérea, terrestre o marítima a utilizar.
- Embalsamamiento.
- Solicitud escrita de algún disponente secundario, representante legal o quien demuestre interés jurídico, señalando la causa de la solicitud.
- Original y copia del certificado de defunción.
- Original y copia de la documentación que acredite la legitimación del solicitante y de los motivos de la solicitud. (credencial de elector o pasaporte vigente. )
MODALIDAD C:Para el internamiento o salida de cadáveres y restos áridos del territorio nacional.
- Internamiento de cadaveres.
- Certificado y acta de defunción, traducidos al español y certificados por las autoridades consulares mexicanas.
- Comprobante de embalsamamiento traducido al español y certificado por las autoridades consulares mexicanas, en el país donde ocurrió el deceso.
- Permiso del traslado internacional otorgado por la autoridad sanitaria del país donde haya ocurrido el fallecimiento, traducido al español y certificado por las autoridades consulares mexicanas.
- Original de la carta poder del particular a la agencia funeraria que efectúa el traslado, asentando la vía de traslado (aérea, marítima o terrestre a utilizar).
- Internamiento de restos aridos.
- Comprobante de inhumación.
- Información sobre la vía aérea, marítima o terrestre que se utilizara.
- Especificación del destino de los restos.
- Salida de cadaveres.
- Certificado o acta de defunción
- Comprobante de la tesis de embalsamamiento.
- Original de la carta poder del particular a la agencia funeraria que efectúa el Traslado, asentando en esta la vía de traslado (aérea, marítima o terrestre a utilizar).
- Salida de restos aridos.
- Comprobante de inhumación.
- Comprobante de exhumación como residuos cumplidos.
- Información sobre la vía de traslado (aérea, marítima o terrestre a utilizar).
- Especificación del destino final de los restos.
MODALIDAD D:Para la exhumación prematura.
- Certificado o acta de defunción
- Comprobante de inhumación.
- Orden girada por el Ministerio Publico o autoridad judicial, para la exhumación prematura.
MODALIDAD E:Para la exhumación
- Comprobante de inhumación
- Original de la carta poder del particular hacia la agencia funeraria, asentando en esta la vía de traslado (aérea, marítima o terrestre a utilizar).
- Identificación del solicitante (credencial de elector o pasaporte vigentes).
- Especificación del destino final de los restos.
MODALIDAD F:Para la inhumación o incineración de cadáveres si se efectúa antes de 12 horas o después de 48 de ocurrido el deceso.
- Certificado o acta de defunción
- Comprobante de la tesis de embalsamamiento, cuando se realice la inhumación o incineración después de las 48 horas de haber ocurrido el fallecimiento.
- Acta de no inconveniente de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México o su equivalente en el resto de las entidades federativas.
EN CASO DE EXISTIR INVESTICACION JUDICIAL RELACIONADA CON LA CAUSA DE LA DEFUNCION.
- Acta medica del servicio forense.
- Oficio de identificación de la autoridad Judicial competente si se trata de un cadáver no identificado.
Formato de permisos relacionados con la disposición de órganos, tejidos y sus componentes, celulas y cadaveres humanos.