Visita de verificación sanitaria.- Es la acción de vigilancia sanitaria consistente en la asistencia personal de verificador sanitario autorizado, a un establecimiento regulado, para corroborar el cumplimiento de la normativa en materia de salud. Podrán ser ordinarias o extraordinarias, pero invariablemente el verificador deberá contar con una orden escrita, fundada y motivada, de la autoridad competente.
(Fundamento: artículos 396, 398, 399, 400 y 401 de la Ley General de Salud).
Autor: karina.zepeda - Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco - COPRISJAL
Fecha de actualización: 19/04/2018 - 19:29:24